El Gobierno ha dado luz verde al Real Decreto que regula el funcionamiento del Registro de Vehículos Personales Ligeros (VPL), una medida clave para hacer efectiva la obligación de contar con un seguro para los vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos. El registro dependerá de la Dirección General de Tráfico (DGT) y permitirá identificar a estos vehículos de forma individualizada.

¿A quién afectará esta iniciativa?

La creación del registro da cumplimiento a la Ley 5/2025, que modificó la normativa sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor para incluir a los VMP. Aunque la obligación de asegurar estos vehículos entró en vigor el pasado 2 de enero, su aplicación práctica estaba pendiente de este trámite administrativo.

Actualmente, se estima que más de cuatro millones de personas utilizan vehículos de movilidad personal en España. Una vez habilitado el procedimiento, los propietarios, o los tutores legales en el caso de menores, deberán inscribirlos en el registro para poder contratar la póliza obligatoria.

Dos tipos de VMP según la normativa

La nueva regulación distingue entre VMP con certificado de circulación y aquellos que no lo tienen. Desde el 22 de enero de 2024, solo se pueden comercializar modelos certificados, que incorporan una placa de marcaje única y permanente. Para registrarlos será necesario aportar los datos del titular, el número de certificado y el número de serie, además de abonar la tasa correspondiente.

Los VMP sin certificado, que no cumplen los requisitos técnicos actuales, podrán circular de forma transitoria hasta el 22 de enero de 2027. También deberán inscribirse y contar con seguro, aunque en este caso bastará con documentación básica como la factura, la ficha técnica o una fotografía del vehículo.

Identificación, trámites y sanciones

Una vez inscritos, todos los VMP deberán llevar una etiqueta identificativa con un número único asignado por la DGT, que deberá colocarse en un lugar visible del vehículo. La inscripción podrá realizarse de forma telemática, por teléfono, a través de agentes de seguros o gestores administrativos, y en el futuro también en el propio punto de venta.

El incumplimiento de la obligación de asegurar un patinete eléctrico conllevará sanciones económicas. No disponer de seguro puede acarrear multas de entre 202 y 610 euros, mientras que circular sin él puede suponer sanciones de hasta 800 euros, reforzando así el objetivo de mejorar la seguridad vial en las ciudades.